Antes de presentar el modelo de acta constitutiva, verifica que los socios (accionistas) cumplan con:
“VIGILANCIA Y SEGURIDAD [NOMBRE DE LA EMPRESA], C.A.”
TÍTULO I CONSTITUCIÓN Y DOMICILIO
CLÁUSULA PRIMERA: Entre los ciudadanos [NOMBRE DEL ACCIONISTA 1], mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número [NÚMERO], y [NOMBRE DEL ACCIONISTA 2], mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número [NÚMERO]; quienes actúan en sus propios nombres y representación; se ha convenido en constituir, como en efecto se constituye por medio del presente documento, una sociedad anónima de capital suscrito, que se regirá por los siguientes estatutos y por el Código de Comercio, la Ley de Ejercicio de la Seguridad Privada y demás leyes aplicables de la República.
CLÁUSULA SEGUNDA: La sociedad se denominará “VIGILANCIA Y SEGURIDAD [NOMBRE], C.A.”. Podrá usar abreviadamente el nombre comercial “[SIGLAS]”, y su domicilio será en la ciudad de [CIUDAD], Estado [ESTADO], pudiendo establecer agencias, sucursales u oficinas en cualquier otro lugar de la República o del exterior, de acuerdo con las leyes vigentes.
TÍTULO II OBJETO Y DURACIÓN
CLÁUSULA TERCERA: La sociedad tiene por objeto principal: Antes de presentar el modelo de acta constitutiva
Nota: Es obligatorio que el objeto incluya la referencia a la Ley de Seguridad Privada para obtener el permiso de operación ante el CICPC.
CLÁUSULA CUARTA: La duración de la sociedad será indefinida, pero podrá disolverse y liquidarse por las causas y condiciones previstas en el Código de Comercio y en estos estatutos.
TÍTULO III CAPITAL SOCIAL Y ACCIONES
CLÁUSULA QUINTA: El capital social de la compañía es la suma de [MONTO EN BOLÍVARES] (Bs. [MONTO]), dividido en [NÚMERO] acciones nominativas de [VALOR] Bolívares cada una, las cuales han sido suscritas y pagadas por los accionistas en la siguiente proporción:
El capital podrá aumentarse o disminuirse mediante decisión de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas.
TÍTULO IV ADMINISTRACIÓN
CLÁUSULA SEXTA: La administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio Principal, compuesto por un número de directores principales no menor de tres (3), elegidos por la Asamblea General de Accionistas por el tiempo que determine la asamblea, pudiendo ser reelegidos. La representación legal de la sociedad corresponderá al Presidente del Directorio Principal, quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo otorgar poderes, abrir y cerrar cuentas bancarias, suscribir contratos y realizar todos los actos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social.
Requisito Especial: De acuerdo a la Ley de Seguridad Privada, los directivos de la empresa deben poseer solvencia de conducta y certificado de antecedentes penales vigentes.
TÍTULO V DISPOSICIONES FINALES
CLÁUSULA SÉPTIMA: La sociedad llevará sus libros de accionistas, de asambleas, de junta directiva y de contabilidad, debidamente sellados y foliados, conforme a la ley.
CLÁUSULA OCTAVA: Todo lo no previsto en el presente documento se regirá por las disposiciones del Código de Comercio, la Ley de Ejercicio de la Seguridad Privada, su Reglamento y demás leyes aplicables de la República Bolivariana de Venezuela.
En la ciudad de [CIUDAD], a los [DÍA] días del mes de [MES] del año [AÑO]. Siendo las [HORA], se reunieron los accionistas y firmaron el presente documento en tres (03) ejemplares de un mismo tenor y efecto. “VIGILANCIA Y SEGURIDAD [NOMBRE DE LA EMPRESA], C
POR LA SOCIEDAD:
[NOMBRE DEL ACCIONISTA 1] C.I. N° [NÚMERO]
[NOMBRE DEL ACCIONISTA 2] C.I. N° [NÚMERO]
DE "EMPRESA DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PRIVADA, C.A." (DENOMINACIÓN DE EJEMPLO)
En la ciudad de [Ciudad, Ej. Caracas] , a los [Día] días del mes de [Mes] de dos mil [Año] , siendo las [Hora] , se reunieron en la dirección ubicada en [Calle/Avenida, Número, Urbanización, Municipio, Estado] , los ciudadanos [Nombres completos de los accionistas] , titulares de las cédulas de identidad números [V/N° de cédula] , de nacionalidad [Nacionalidad] , estado civil [Soltero/Casado/Divorciado/Viudo] , de profesión u oficio [Profesión] , y domiciliados en [Dirección completa del accionista 1] , [Dirección accionista 2] , etc. Manifestaron que, de conformidad con lo establecido en los artículos 201 y siguientes del Código de Comercio y la Ley de Seguridad Privada, han decidido constituir una Compañía Anónima de Capital Autorizado (o la figura societaria que corresponda, generalmente C.A.), la cual se regirá por las siguientes cláusulas:
Before drafting a single line, remember: In Venezuela, security companies are not "businesses"; they are regulated security operators. Your Acta Constitutiva must pass the filter of SUDEPSOL (Superintendence of Private Security Services). If your articles of incorporation fail to mention specific operational objects, SUDEPSOL will reject your application immediately. TÍTULO I CONSTITUCIÓN Y DOMICILIO CLÁUSULA PRIMERA: Entre
Here is the breakdown of what makes this acta unique in the Venezuelan "hot" market (high demand, high regulation, high liability).